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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247832
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 247

GIROS REGLAMENTADOS. SUSPENSION IMPROCEDENTE. CUANDO SOLO SE CUENTA CON AUTORIZACION PROVISIONAL VENCIDA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 247

Precedentes

Amparo en revisión 140/86. Javier Magaña Torres y coagraviados. 2 de julio de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime C. Ramos Carreón. Secretario: Abelardo Martínez Ayón. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION IMPROCEDENTE. CUANDO SOLO SE CUENTA CON AUTORIZACION PROVISIONAL VENCIDA. GIROS REGLAMENTADOS.".
Registro digital (IUS): 247832