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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247855
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 260

INCOMPETENCIA POR DECLINATORIA POR RAZON DE TERRITORIO, LA SALA SUPERIOR DEL JUEZ ES QUIEN TIENE ATRIBUCIONES PARA SUSTANCIAR Y RESOLVER LA EXCEPCION DE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 260

Precedentes

Amparo en revisión 707/86. Josefina García Castillo. 9 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Villegas Vázquez. Secretario: Guillermo Campos Osorio.
Registro digital (IUS): 247855