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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247917
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 310

MINISTERIO PUBLICO. VISTA QUE DEBE DARSELE CUANDO SE TENGA POR CUMPLIDA UNA SENTENCIA DE AMPARO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 310

Precedentes

Queja 117/86. Proveedora de Servicios, S.A. 12 de noviembre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime C. Ramos Carreón. Secretario: José Torres Mendieta.
Registro digital (IUS): 247917