Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/247925
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 247925
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 315
MULTA, SUSTITUCION ILEGAL DE, POR DIAS DE TRABAJO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 315
Viola garantías la sentencia en que se sustituye la pena pecuniaria por "días de trabajo en favor de la comunidad", que es de ocho horas por cada día, toda vez que tal pena no se encuentra contemplada en el nuevo texto del Código Penal Federal, sino la de "jornadas de trabajo en favor de la comunidad", que comprende tres horas cada jornada que deben llevarse a cabo dentro de períodos distintos al horario de labores que representen la fuente de ingreso para la subsistencia del sujeto y de su familia, por ser esta denominación la que se define y cuya naturaleza se determina en el párrafo tercero del artículo 27 del Código Penal para el Distrito Federal.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 376/85. Ignacio Reyes Carrera. 18 de marzo de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Elvia Díaz de León de López. Secretaria: Silvia Lara Guadarrama.