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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247942
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 327

NOTIFICACIONES, DOMICILIO PARA RECIBIR LAS. DE ACUERDO CON EL ARTICULO 739 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, LAS PARTES DEBERAN SEÑALARLO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 327

Precedentes

Amparo directo 140/86. Maquinaria, Agregados, Concretos y Construcciones, S. A. (MACCSA). Alfredo Manzo y Fernando L. Silverira. 31 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: José Refugio Raya Arredondo. Secretario: Leonardo Rodríguez Bastar. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "NOTIFICACIONES. DE ACUERDO CON EL ARTICULO 739 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, LAS PARTES DEBERAN SEÑALAR DOMICILIO PARA RECIBIR LAS.".
Registro digital (IUS): 247942