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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
247952
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 333

NULIDAD DE JUICIO SUCESORIO CONCLUIDO. COMPETENCIA DEL JUEZ DE LO FAMILIAR, PARA CONOCER DE LA DEMANDA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 333

Precedentes

Amparo en revisión 761/85. Lourdes Martínez Camarena. 16 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: José Rojas Aja. Secretario: Francisco Sánchez Planells. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "NULIDAD DE UN JUICIO SUCESORIO . EL JUEZ DE LO FAMILIAR ES EL COMPETENTE PARA CONOCER DE LA DEMANDA DE.".
Registro digital (IUS): 247952