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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248012
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 374

PROCEDIMIENTO JUDICIAL, SUSPENSION IMPROCEDENTE DEL, INDEPENDIENTEMENTE DE SI LA QUEJOSA ES LA ACTORA O LA DEMANDADA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 374

Precedentes

Amparo en revisión 477/86. Banca Confía, S.N.C. 5 de septiembre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Gustavo Sosa Ortiz. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "PROCEDIMIENTO JUDICIAL, NO CABE SUSPENDERLO INDEPENDIENTEMENTE DE SI LA QUEJOSA ES LA ACTORA O LA DEMANDADA.".
Registro digital (IUS): 248012