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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248034
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 387
PRUEBA TESTIMONIAL, DESERCION DE LA, CUANDO NO SE PRECISA EL DOMICILIO DE LOS TESTIGOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 387
No se ocasiona al quejoso la violación procesal que aduzca al respecto, si la declaratoria de deserción impugnada obedece al hecho de no haber cumplido con el requerimiento que se le hizo para que justificara que el domicilio de los testigos, que no fue localizado por el actuario al ocurrir a citarlos, es realmente el que aquél indicó, de manera que si no cumple con tal requerimiento, quedó así de manifiesto su desinterés para que se recibiera el referido elemento de convicción, y la determinación de la Junta responsable es correcta.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 74/86. David Rodríguez Hernández. 4 de abril de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Ernesto Rosas Ruiz. Secretario: Anastasio González Martínez.