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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248038
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 389

PRUEBA TESTIMONIAL. IDENTIFICACION FALTANTE DE LOS TESTIGOS EN EL MOMENTO DE LA AUDIENCIA. NO AUTORIZA A DECLARARLA DESIERTA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 389

Precedentes

Amparo directo 762/85. Isidro Vázquez García. 10 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretaria: Guadalupe Madrigal Bueno. Amparo directo 1076/86. Benigno Zeferino Robles. 3 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretario: Pedro Pérez Popomeya. Amparo directo 2006/85. Sabino Gutiérrez Hernández. 23 de mayo de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretario: Juan Manuel Alcántara Moreno. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia 867, publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo V, Tribunales Colegiados, página 600. En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA TESTIMONIAL. LA FALTA DE IDENTIFICACION DE LOS TESTIGOS EN EL MOMENTO DE LA AUDIENCIA, NO AUTORIZA A DECLARAR DESIERTA LA.".
Registro digital (IUS): 248038