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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248055
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 399

PRUEBAS, RECEPCION DE LAS. LA FALTA DE FORMALIDADES EN PROCEDIMIENTO PENAL, NO ANULA TOTALMENTE SU FUERZA PROBATORIA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 399

Precedentes

Amparo en revisión 160/86. Francisco Javier Estrado Soto. 14 de noviembre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Secretario: Moisés de Jesús Cuevas Palacios. Amparo en revisión 195/86. Margarito Tamayo Beltrán y otros. 29 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Secretario: Moisés de Jesús Cuevas Palacios. Amparo en revisión 156/86. David Arias Gámez. 11 de septiembre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Secretario: Moisés de Jesús Cuevas Palacios. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBAS. LA FALTA DE FORMALIDADES EN LA RECEPCION DE LAS, EN PROCEDIMIENTO PENAL, NO ANULA TOTALMENTE SU FUERZA PROBATORIA.".
Registro digital (IUS): 248055