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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248062
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 404

QUEJA, NO ES RECURRIBLE LA RESOLUCION DE SEGUNDA INSTANCIA QUE DESECHA EL RECURSO DE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 404

Precedentes

Improcedencia 110/86. Juan Hernández Hernández. 9 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael García Valle. Secretario: Gerardo Domínguez. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "RECURSO DE QUEJA. NO ES RECURRIBLE LA RESOLUCION DE SEGUNDA INSTANCIA QUE DESECHA EL.".
Registro digital (IUS): 248062