Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/248105
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248105
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 439

RESCISION DE LA RELACION DE TRABAJO QUE SE FUNDA EN LA FRACCION III DEL ARTICULO 51 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 439

Precedentes

Amparo directo 377/86. José Manuel López Carrillo. 5 de noviembre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Rogelio Camarena Cortés. Secretario: Alvaro Ovalle Alvarez.
Registro digital (IUS): 248105