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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248133
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 461
SALARIO MINIMO PROFESIONAL, CARGA DE LA PRUEBA CON RELACION AL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 461
Tratándose de juicios laborales en donde se reclama el pago de diferencias de salario respecto al mínimo profesional corresponde a quien ejercita la acción relativa, la carga de la prueba acerca de la realización de las labores concernientes a los oficios o trabajos de los considerandos para tal efecto, por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 104/86. Martín Aguirre Ojeda y otros. 20 de mayo de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Patlán Romero. Secretario: Lorenzo Palma Hidalgo.
Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "SALARIOS, NIVELACION DE. CARGA DE LA PRUEBA.".