Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/248138
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248138
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 463

SECRETARIO DE EDUCACION Y CULTURA DEL ESTADO DE NUEVO LEON Y DIRECTOR DE EDUCACION BASICA DE LA MISMA SECRETARIA, SON AUTORIDADES PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 463

Precedentes

Amparo en revisión 366/85. María de la Luz Benavides viuda de Cortez. 24 de enero de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Sánchez Fitta. Secretario: Armando Velasco Alanís.
Registro digital (IUS): 248138