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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248145
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 472
SEGURO SOCIAL, DEBE PROBAR EL INSTITUTO MEXICANO DEL, LA RELACION LABORAL QUE DA ORIGEN A LA EMISION DE LAS CEDULAS OBRERO-PATRONALES CUANDO EL AFECTADO LAS NIEGA LISA Y LLANAMENTE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 472
El artículo 68 del Código Fiscal de la Federación, establece que: "Los actos y resoluciones de las autoridades fiscales se presumirán legales. Sin embargo, dichas autoridades deberán probar los hechos que motiven los actos o resoluciones cuando el afectado las niegue lisa y llanamente, a menos que la negativa implique la afirmación de otro hecho". Por tanto, como la quejosa negó lisa y llanamente desde el recurso de inconformidad hecho valer, que las personas, por las que se le estaban cobrando cuotas obrero patronales fueran sus trabajadores, esto es suficiente para que la carga de la prueba corresponda a la autoridad (hoy tercero perjudicado), pues el instituto debió haber aportado como prueba de su dicho los avisos de afiliación, modificación de salario y baja de los trabajadores, para demostrar que sí existía relación laboral entre éstos y la empresa quejosa.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 22/85. Interfonic de México, S. A. 7 de agosto de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Amador Yáñez. Secretario: María del Pilar Núñez González.
Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. DEBE PROBAR LA RELACION LABORAL QUE DA ORIGEN A LA EMISION DE LAS CEDULAS OBRERO-PATRONALES CUANDO EL AFECTADO LAS NIEGA LISA Y LLANAMENTE.".