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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248181
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 501

SUPLENCIA DE LA QUEJA DE LOS CONCEPTOS DE VIOLACION IMPROCEDENTE, CUANDO EN ELLOS SE ARGUMENTA LA INCOMPETENCIA DE LA AUTORIDAD, SIN QUE PREVIAMENTE SE HUBIESE PLANTEADO EN LA DEMANDA DE NULIDAD.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 501

Precedentes

Amparo directo 1086/86. Jorge Luna Sámano. 2 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Amado Yáñez. Secretaria: Alicia Rodríguez Cruz.
Registro digital (IUS): 248181