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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248185
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 503

SUPLENCIA DE LA QUEJA EN MATERIA PENAL, ALCANCES DE LA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 503

Precedentes

Amparo en revisión 80/86. José Asunción Mendoza Hernández. 30 de septiembre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "SUPLENCIA DE LA QUEJA. ALCANCES DE LA, EN AMPARO PENAL.".
Registro digital (IUS): 248185