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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248186
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 504

SUPLETORIEDAD DE LA LEY COMUN AL CODIGO DE COMERCIO, EN TRATANDOSE DE RECURSOS CONTRA AUTOS DICTADOS EN SEGUNDA INSTANCIA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 504

Precedentes

Amparo en revisión 276/86. Pedri-Mex, S. A. de C. V. 23 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Nila Andrade. Secretaria: Martha G. Ortiz Polanco.
Registro digital (IUS): 248186