Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/248227
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248227
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 533

TESTIGOS. DECLARACION DE UNO SOLO, CASO EN QUE NO CONSTITUYE TESTIMONIO SINGULAR.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 533

Precedentes

Amparo directo 386/83. Constructora A.T.S.A. 8 de enero de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Enrique Ochoa Moguel. Secretario: Leopoldo Vázquez Navarro. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "DECLARACION DE UN TESTIGO. CASO EN QUE NO CONSTITUYE UN TESTIMONIO SINGULAR.".
Registro digital (IUS): 248227