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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248237
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 538
TITULOS DE CREDITO, EXPEDICION DE. NO PUEDE CONSTITUIR EL PAGO DEL PRECIO CONVENIDO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 538
La sola expedición de los títulos de crédito que amparan el precio convenido en un contrato de compraventa, no pueden constituir el pago del precio del mismo, ya que sólo constituye una modalidad en la forma de pago, a fin de obtener una mayor garantía para su cumplimiento, por lo tanto, dicho impago da base para pedir la rescisión del contrato mencionado.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 464/85. Jesús Cuéllar Barrera. 31 de enero de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando A. Yates Valdez. Secretario: Francisco J. Rocca Valdez.