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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248253
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 548

VIA, IMPROCEDENCIA DE LA. LA ACCION DEBE EJERCITARSE EN PROCEDIMIENTO DIVERSO AL EN QUE AQUELLA SE DECLARO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 548

Precedentes

Amparo directo 11/86. Saúl Gaxiola Castro y otro. 3 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Secretario: Moisés de Jesús Cuevas Palacios. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "ACCION. DEBE EJERCITARSE EN EXPEDIENTE DIVERSO A AQUEL EN QUE SE DECLARA IMPROCEDENTE LA VIA.".
Registro digital (IUS): 248253