Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/248272
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248272
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 565

AGRARIO. RECURSO DE INCONFORMIDAD EN LA MATERIA. NO ES INDISPENSABLE AGOTARLO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 565

Precedentes

Amparo en revisión 737/85. Ignacio Ortiz Pérez. 19 de noviembre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Gómez Mercado. Secretario: V. Jorge Núñez Rivera. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "RECURSO DE INCONFORMIDAD EN MATERIA AGRARIA. NO ES INDISPENSABLE AGOTARLO.".
Registro digital (IUS): 248272