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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248278
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 569
CONCEPTOS DE VIOLACION, INOPERANCIA DE LOS, POR NO ATACAR LOS FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA Y EXISTIR INTERESES DE UN MENOR.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 569
Resultan inoperantes los conceptos de violación que no combaten todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia reclamada; y como en el caso, unos versan substancialmente sobre lo alegado en la apelación, ya estudiado y resuelto por la Sala ad quem, en tanto que los demás no se hacen cargo de los razonamientos torales, que se emplearon en la alzada para desestimar los agravios respectivos. Estas cuestiones básicas, que no pueden estudiarse en suplencia de la queja porque frente a los intereses del inconforme están los de su hijo menor de edad, deben mantenerse vivas para que continúen rigiendo el fallo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 196/85. Jaime Nunó García López. 6 de diciembre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Moisés Duarte Aguíñiga. Secretario: Rigoberto Ochoa Murillo