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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248311
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 609

APELACION, DESECHAMIENTO DE LA. REVOCACION IMPROCEDENTE CONTRA EL AUTO RELATIVO (QUIEBRAS Y SUSPENSION DE PAGOS).

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 609

Precedentes

Amparo en revisión 614/86. Jorge Javier Calderón Verduzco. 22 de agosto de 1986. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 205-216, página 62. Amparo en revisión 608/86. José Angel Dueñas Herrera. 22 de agosto de 1986. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 205-216, página 62. Amparo en revisión 704/86. Ernesto Loustanau Méndez. 5 de septiembre de 1986. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 205-216, página 62. Amparo en revisión 708/86. Estela Figueroa Villafañe. 5 de septiembre de 1986. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 205-216, página 62. Amparo en revisión 958/86. Dent Saenz Ivy May. 7 de noviembre de 1986. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo 78, junio de 1994, página 28, tesis por contradicción 3a./J. 16/94 de rubro "REVOCACION. ES IMPROCEDENTE CONTRA EL AUTO QUE DESECHA EL RECURSO DE APELACION (QUIEBRAS Y SUSPENSION DE PAGOS).". Apéndice 1917-1995, tomo IV, Primera Parte, tesis 356, página 239.
Registro digital (IUS): 248311