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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248334
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 19
ADMINISTRADORES, RESPONSABILIDAD PATRONAL POR LOS ACTOS DE LOS. NEGATIVA A LA REINSTALACION.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 19
Si al constituirse el actuario de una Junta de Conciliación y Arbitraje a cumplimentar el laudo que ordenó la reinstalación de un empleado, el administrador de la empresa se niega a recibirlo, ello debe estimarse como incumplimiento del patrón para acatar el susodicho laudo, porque de conformidad con el artículo 11 de la Ley Federal del Trabajo, el administrador debe ser considerado su representante y en tal concepto lo obliga en sus relaciones con el trabajador.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 201/84. Rafael Elizalde Soria. 23 de septiembre de 1985. La publicación no menciona el sentido de la votación. Ponente: Fernando A. Yates Valdez. Secretario: Xavier Luevano Mesta.
Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "PATRONES. SU RESPONSABILIDAD EN CONFLICTO DE TRABAJO POR ACTOS DE SUS ADMINISTRADORES.".