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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248336
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 20
AGRARIO. AUDIENCIA DE AVENIMIENTO. ES OBLIGATORIO QUE LOS PARTICIPANTES ESTAMPEN SU HUELLA DIGITAL EN EL ACTA QUE SE LEVANTE CON DICHO MOTIVO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 20
El artículo 436 de la Ley Federal de la Reforma Agraria exige como una formalidad obligatoria que todos los participantes en la audiencia de avenimiento a que alude el artículo 435 de la misma ley, pongan su huella digital debajo de su nombre, en el acta que se levante con ese motivo, pues de otro modo, en su texto no emplearía la fórmula contundente de "todos pondrán"; luego entonces, no es válido sostener que el hecho de que no se ponga la mencionada huella digital no deba considerarse como una falta a las formalidades del procedimiento; siendo pertinente aclarar, que si la persona se encuentra imposibilitada físicamente para estampar su huella digital por alguna causa de fuerza mayor, tal requisito puede darse por salvado, si se expresa alguna razón sobre el particular, a fin de poder justificar esa omisión, pero nunca dejar de hacerlo lisa y llanamente.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 156/85. Pablo Santamaría Palomera, autorizado para oír notificaciones por parte del tercero perjudicado Lázaro Herrera Enciso. 16 de octubre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: José Antonio Llanos Duarte. Secretario: Francisco Javier Villegas Hernández.
Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. PARTICIPANTES EN LA AUDIENCIA DE AVENIMIENTO, ES OBLIGATORIO QUE ESTAMPEN SU HUELLA DIGITAL EN EL ACTA QUE SE LEVANTE CON DICHO MOTIVO.".