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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248339
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 22

AGRARIO. PRIVACION DE DERECHOS. SUCESORES DEL TITULAR. NO SE VIOLA LA GARANTIA DE AUDIENCIA SI NO SON LLAMADOS AL JUICIO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 22

Precedentes

Amparo en revisión 326/85. Filiberto Contreras Coraza. 6 de agosto de 1985. Unanimidad de votos Ponente: Mario Gómez Mercado. Secretario: José Ignacio Valle Oropeza. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "PRIVACION DE DERECHOS AGRARIOS. SUCESORES DEL TITULAR. NO SE VIOLA LA GARANTIA DE AUDIENCIA SIN NO SON LLAMADOS AL JUICIO DE.".
Registro digital (IUS): 248339