Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/248340
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248340
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 23

AGRARIO. PRUEBAS EN EL AMPARO. SON INADMISIBLES LAS NO RENDIDAS ANTE LA AUTORIDAD RESPONSABLE EN EL PROCEDIMIENTO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 23

Precedentes

Queja 50/85. Angela Vargas Velazco. 6 de agosto de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Gómez Mercado. Secretaria: Rosa María Roldán Sánchez. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBAS EN EL AMPARO. SON INADMISIBLES LAS NO RENDIDAS ANTE LA AUTORIDAD RESPONSABLE EN UN PROCEDIMIENTO AGRARIO.".
Registro digital (IUS): 248340