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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248359
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 35

ARRENDAMIENTO, TACITA RECONDUCCION DEL CONTRATO DE. SON NATURALES Y NO HABILES LOS DIEZ DIAS PARA OPONERSE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 35

Precedentes

Amparo directo 266/85. Francisco Marinero Sánchez. 13 de agosto de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Amparo directo 367/84. Nicolás Manzur Yunes. 10 de julio de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO. SON NATURALES Y NO HABILES LOS DIEZ DIAS PARA OPONERSE A LA TACITA RECONDUCCION DEL CONTRATO.".
Registro digital (IUS): 248359