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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248369
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 41
AUTORIDAD RESPONSABLE, SUSTITUCION DE LA (JUNTAS).
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 41
La Junta Especial Número Veintiuno de la Federal de Conciliación y Arbitraje con domicilio oficial en Mérida, Yucatán, sustituyó en el conocimiento de los juicios laborales a la de igual categoría con residencia en Campeche, Campeche, a virtud de haberla suprimido en el punto primero el acuerdo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, modificatorio de la jurisdicción territorial de las Juntas Especiales Federales de Conciliación y Arbitraje, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el martes trece de agosto de mil novecientos ochenta y cinco, y vigente el día siguiente, por lo cual resulta que aquélla contra la que se otorgó el amparo dejó de existir jurídicamente, motivo por el que ya no podrá conocer ni resolver de los negocios laborales; y por consiguiente, debe estimarse que es la primeramente citada la obligada a dar cumplimiento a todas determinaciones dictadas por este órgano constitucional, particularmente la ejecución del amparo interpuesto, habida cuenta que a ese respecto sirve de base la jurisprudencia firme que se identifica con el número 57, bajo el rubro: "AUTORIDAD RESPONSABLE, SUSTITUCION DE LA", localizándose en la página 102, del Tomo Común al Pleno y a las Salas del Ultimo Apéndice al Semanario Judicial de la Federación.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 189/85. Instituto Mexicano del Seguro Social. 1o. de noviembre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Gilberto Vargas Chávez. Secretario: Miguel Blanco Cancino.
Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "AUTORIDAD RESPONSABLE. SUSTITUCION DE LA.".