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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248381
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 51
COMPRAVENTA MERCANTIL, DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 51
No obstante que el comprador no haya recibido la totalidad de las mercaderías convenidas, si no reclama el cumplimiento del contrato por la entrega de esos efectos ni tampoco se precisó el lugar y fecha en que se efectuara, su acción sobre pago de daños y perjuicios que de ahí hace derivar, como éstos deben ser consecuencia inmediata y directa del incumplimiento de la obligación, sólo pudo ser viable después de 30 días siguientes a la interpelación a la vendedora por la entrega del faltante de los bienes que adquirió (artículos 2080 y 2082 en relación con el 2110 del Código Civil, aplicado supletoriamente).
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1966/85. Novedades Jan, S. A. 12 de septiembre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Gustavo Sosa Ortiz.