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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248399
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 64
DEMANDA DE AMPARO EXTEMPORANEA. CONOCIMIENTO DE LOS ACTOS A PARTIR DE LA FECHA DEL PODER OTORGADO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 64
Si desde la fecha en que se otorgó el poder, los actos que realizaron los apoderados y que se relacionan con el juicio del que se deriva el acto reclamado, fueron por cuenta y a nombre de la quejosa, de ello se sigue que ésta, a través de su mandatario, tuvo conocimiento de la existencia del juicio del que se derivan los actos que combate en vía constitucional desde el día en que fueron entregadas las copias fotostáticas certificadas de las constancias en que se transcriben las principales actuaciones deducidas del juicio.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 359/85. Ana María Cornejo de Torres. 28 de octubre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Magaña Cárdenas. Secretaria: Rita Armida Reyes Herrera.
Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO EXTEMPORANEO. CONOCIMIENTO DE LOS ACTOS A PARTIR DE LA FECHA DEL PODER OTORGADO.".