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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248401
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 65

DEMANDA FISCAL, FALTA DE CITA DE PRECEPTOS LEGALES EN LA. NO ES OBICE PARA QUE DEBAN ESTUDIARSE LOS CONCEPTOS DE NULIDAD.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 65

Precedentes

Amparo directo 151/84. Productos Rubí, S.A. 25 de octubre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: José Antonio Hernández Martínez. Secretario: José Enrique Moya Chávez. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "SENTENCIA FISCAL. DEBEN ESTUDIARSE LOS CONCEPTOS DE NULIDAD INDEPENDIENTEMENTE QUE SE HAYA OMITIDO CITAR EL PRECEPTO LEGAL.".
Registro digital (IUS): 248401