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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248418
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 77

ESTADO CIVIL. COMPROBACION DEL ENTRONCAMIENTO FAMILIAR. ARTICULO 33 DEL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE MICHOACAN.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 77

Precedentes

Amparo directo 289/85. María Andrade Melgoza. 15 de octubre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Magaña Cárdenas. Secretaria: Rita Armida Reyes Herrera. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "ESTADO CIVIL. COMPROBACION DEL ENTRONCAMIENTO FAMILIAR; ARTICULO 33 DEL CODIGO CIVIL.".
Registro digital (IUS): 248418