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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248427
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 84
GAS L.P., SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA LA APLICACION DEL DECRETO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE DISTRIBUCION DE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 84
El artículo 5o. del reglamento de la Distribución de Gas establece que el mismo es de orden público y la modificación de sus artículos 24, 111, 118 y 119 tiende a mantener el equilibrio entre la oferta de gas L.P., por parte de Petróleos Mexicanos, y la demanda por parte de los usuarios doméstico, evitando que se desvíe, sin control, el uso de este combustible en aprovechamientos diversos, como es el de su utilización en motores de combustión interna, lo cual puede originar un desabasto para los consumidores domésticos. La sociedad está interesada en que no se produzca ese desabasto, pues se afectaría a la mayoría de la población que utiliza el gas L.P. para uso doméstico, lo cual tiene mayor jerarquía que la utilización como combustible en motores de combustión interna; y si bien es cierto que en determinados casos, excepcionalmente, puede autorizarse el uso de gas para combustible en motores de combustión interna, esto debe entenderse, cuando se trata de consumo prioritario, estrictamente necesario y siempre y cuando no se produzca el desabasto en el consumo doméstico, como se desprende del artículo 24 modificado.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Incidente en revisión 466/85. Industria Envasadora de Querétaro, S.A. de C.V. 31 de octubre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Faustino Azpeitia Arellano.
Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "GAS L. P. NO PROCEDE LA SUSPENSION CONTRA LA APLICACION DEL DECRETO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE DISTRIBUCION.".