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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248446
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 101

LEY ADUANERA. EL RECURSO DE REVOCACION Y EL JUICIO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, SON OPTATIVOS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 101

Precedentes

Amparo en revisión 164/85. Industrial Papelera Mexicana, S.A. de C.V. 1o de noviembre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Zapata Mayorga. Nota: En los Volúmenes 199-204, página 20, la tesis aparece bajo el rubro "ADUANAS. RECURSO DE REVOCACION Y JUICIO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD EN LA LEY DE LA MATERIA. SON OPTATIVOS.".
Registro digital (IUS): 248446