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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248447
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 102

LIBERTAD CAUCIONAL EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO, FACULTADES DE LA RESPONSABLE PARA CONCEDER LA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 102

Precedentes

Queja 43/85. Salvador de Loera Vallín . 19 de septiembre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Núñez Salas. Proyectista: Rafael López López. Queja 34/85. Luis Antonio Pérez Rodríguez. 22 de agosto de 1985. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 199-204, página 171. Queja 75/84. José Antonio González Zamarripia. 29 de noviembre de 1984. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 187-192, página 89. Queja 55/84. Gabriel Medina Moreno. 18 de octubre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Gerardo Abud Mendoza.
Registro digital (IUS): 248447