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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248469
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 122
PANDILLERISMO. COMO FIGURA DELICTIVA AUTONOMA NO EXISTE EN EL CODIGO PENAL FEDERAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 122
El "pandillerismo" no existe como figura delictiva autónoma en el Código Penal Federal, sino que su artículo 164 bis lo contempla como una calificativa, que se aplica cuando tres o más personas se reúnen en forma habitual, ocasional o transitoria, y que sin estar organizadas con fines delictuosos, cometen en común algún delito; o sea, que sólo surge la posibilidad de aplicación y de aumentar la penalidad, cuando se han cometido uno o más delitos en tales circunstancias, pero no existe como delito autónomo.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 269/85. Héctor Alfonso Lizárraga Félix, Gabriel Rosas Solórzano y Alberto Camarena Medrano (Relacionado con el DP. 267/85). 26 de agosto de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Velasco Félix. Secretaria: María Cristina Jiménez Hidalgo.
Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO "PANDILLERISMO". COMO FIGURA DELICTIVA AUTONOMA NO EXISTE EN EL CODIGO PENAL FEDERAL.".