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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248473
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 123

PERSONALIDAD, AUTO QUE RECONOCE, AL REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA EN UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, Y CON ESE CARACTER LE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. ES RECURRIBLE EN REVOCACION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 123

Precedentes

Amparo en revisión 825/85. Benito Torres Guerra. 2 de octubre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Martín Amador Ibarra. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "REVOCACION. EL AUTO QUE RECONOCE PERSONALIDAD AL REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA EN UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, Y CON ESE CARACTER LE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA, ES RECURRIBLE EN.".
Registro digital (IUS): 248473