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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248478
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 127

PREFERENCIA, DERECHO DE. VIOLACION. EFECTOS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 127

Precedentes

Amparo directo 601/84. Juana María García García. 7 de octubre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo García Romero. Secretario: Homero F. Reed Ornelas. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "ARTICULO 157 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. INTELIGENCIA DEL.".
Registro digital (IUS): 248478