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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248494
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 137
QUERELLA NECESARIA. MANDATO NO APTO PARA CUMPLIR CON TAL REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 137
El mandato especial otorgado en simple carta poder para ser presentado en un juicio laboral, no puede hacerse extensivo para la formulación de querella, en asunto de naturaleza penal, aun cuando los hechos que generaron el ilícito hayan tenido su origen en aquel juicio laboral, pues tal mandato no reúne los requisitos exigidos por el párrafo tercero del artículo 264 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal, en relación con el artículo 385 del Código Penal (vigente en la época del evento, hoy 399 bis), que exige que el poder otorgado sea general para pleitos y cobranzas, con cláusula especial.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 120/85. AD- 509/84. José Sacal Mehades Salmun. 22 de agosto de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Elvia Díaz de León D'hers. Secretaria: Marta Leonor Bautista de la Luz.
Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "QUERELLA NECESARIA. NO SE CUMPLE CON TAL REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD.".