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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248498
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 140

RECUSACION POR UNO DE LOS LITISCONSORTES. INTERPRETACION DEL ARTICULO 176 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 140

Precedentes

Amparo en revisión 194/85. Ignacio Magallanes Contreras. 27 de septiembre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Cerón Flores. Secretario: Alfonso Germán Arreola Trejo. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "INTERPRETACION DEL ARTICULO 176 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE EN EL ESTADO.".
Registro digital (IUS): 248498