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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248534
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 178
MINISTERIO PUBLICO FEDERAL. LEGITIMACION PROCESAL PARA INTERPONER RECURSOS.
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 178
Por disposición expresa del artículo 5, fracción IV, de la Ley de Amparo, el Ministerio Público Federal podrá intervenir en todos los juicios e interponer los recursos que señala esta ley, independientemente de las obligaciones que la misma precisa para procurar la pronta y expedita administración de justicia. Por lo tanto, si la propia ley legitima a los agentes del Ministerio Público Federal para interponer recursos, es inconcuso que el Juez de Distrito infringe lo dispuesto en dicho artículo al negar darle curso a la revisión interpuesta por el representante social, pues pierde de vista que la Ley de Amparo se modificó en diversos dispositivos, entre otros el invocado que lo faculta para intervenir e interponer los recursos en el juicio de amparo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 193-198, página 116. Queja 30/84. Cuauhtémoc Cazarez Cota y coagraviados. 8 de febrero de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero. Secretario: Plácido R. Anguiano Altamira.
Volumen 193-198, página 116. Queja 31/84. Nicolás Tolentino Camacho. 15 de febrero de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Domínguez Viloria. Secretario: Plácido R. Anguiano Altamira.
Volumen 193-198, página 116. Queja 28/84. Roberto Antelo Jiménez. 22 de marzo de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Bravo y Bravo. Secretaria: Clara Alicia Zúñiga Vizcarra.
Volumen 193-198, página 116. Queja 7/85. Natividad Juárez López. 24 de mayo de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero. Secretaria: Clara Alicia Zúñiga Vizcarra.
Volumen 199-204, página. 112. Queja 27/85. Santana Núñez López. 30 de septiembre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Secretario: Gilberto A. López Corona.