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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248537
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 10

ABROGACION DEL CODIGO PENAL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ (PROMULGADO EN 1948) NO IMPIDE QUE SE APLIQUE POR DELITOS COMETIDOS DURANTE SU VIGENCIA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 10

Precedentes

Amparo directo 671/81. Pablo Alarcón Luna. 26 de febrero de 1985. Ponente: Tomás Enrique Ochoa Moguel. Secretario: Leopoldo Vázquez Navarro. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "CODIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ-LLAVE (PROMULGADO EN 1948). SU ABROGACION NO IMPIDE QUE SE APLIQUE POR DELITOS COMETIDOS DURANTE SU VIGENCIA.".
Registro digital (IUS): 248537