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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248549
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 18
AGRARIO. CONFLICTOS INTERNOS PARCELARIOS. FALTA DE PROPOSICION CONCILIATORIA EN LOS PROCEDIMIENTOS RELATIVOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 18
Si el comisariado ejidal omite proponer una resolución a las partes, a fin de procurar su avenimiento, deja de cumplir con el párrafo segundo del artículo 436 de la Ley Federal de Reforma Agraria, disposición cuyo cumplimiento es trascendental, pues si se hace la proposición de resolución del conflicto a las partes, éstas se encuentran en posibilidad de aceptarla y, en caso de que así sea, termina el conflicto, según lo establece el artículo 437 de la ley antes invocada; en cambio, si esa proposición se deja de hacer, no existe la posibilidad de aceptación, lo que implica la falta de agotamiento de un medio legalmente establecido para resolver la controversia y, por ende, la omisión de que se trata es suficiente para conceder el amparo con el fin de que se reponga el procedimiento agrario a partir de la etapa conciliatoria.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 642/84. Adiel Gómez Cervantes. 20 de marzo de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos A. González Zárate. Secretario: Amado Chiñas Fuentes.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 187-192, página 16. Amparo en revisión 295/81. Antonio Sánchez Villagrán. 5 de julio de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos A. González Zárate. Secretario: Jorge Valencia Méndez.
Nota: En los Informes de 1984 y 1985, la tesis aparece bajo el rubro "CONFLICTOS INTERNOS PARCELARIOS, FALTA DE PROPOSICION CONCILIATORIA EN LOS PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LOS.".