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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248573
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 32

APODERADO DE UN SINDICATO Y DE UN TRABAJADOR, ACREDITACION DE LA PERSONALIDAD DEL, PARA FORMULAR DEMANDA DE AMPARO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 32

Precedentes

Improcedencia 432/84. Ramón Moya Razo. 8 de febrero de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretaria: eugenia González Avila Urbano. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO, DEMANDA DE. PERSONALIDAD QUE DEBE ACREDITAR QUIEN LA FORMULA COMO APODERADO DE UN SINDICATO Y DE UN TRABAJADOR.".
Registro digital (IUS): 248573