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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248576
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 34

ARRENDAMIENTO. DECRETO DE PRORROGA INDEFINIDA (NUMERO 36 DEL ESTADO DE NUEVO LEON) SUS NORMAS SON PROHIBITIVAS Y DE ORDEN PUBLICO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 34

Precedentes

Amparo directo 13/84. Raymundo Peña Pérez. 8 de febrero de 1985. Tres votos. Ponente: Felipe García Cárdenas. Amparo directo 84/84. María González y Rita González viuda de Barrera. 7 de junio de 1985. Tres votos. Ponente: Fernando A. Yates Valdez. Secretario: Jesús S. Fraustro Macareno. Amparo directo 370/84. Rubén Gálvez Rosales. 24 de mayo de 1985. Tres votos. Ponente: Fernando A. Yates Valdez. Notas: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 4/88, resuelta por la Tercera Sala, de la que derivó la tesis 3a. 69, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Núm. 32, Agosto de 1990, página 19, con el rubro "ARRENDAMIENTO. EL DECRETO NUMERO 36 DE LA LEGISLATURA DEL ESTADO DE NUEVO LEON (PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO EL TRECE DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS) QUE PRORROGO EN BENEFICIO DE LOS INQUILINOS DE LOCALES DESTINADOS A HABITACION LOS CONTRATOS RESPECTIVOS DE ARRENDAMIENTO, CONTIENE DISPOSICIONES DE ORDEN PUBLICO E IRRENUNCIABLES.". En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO. DECRETO NUMERO 36 QUE PRORROGA CONTRATOS DE. SUS NORMAS NO SON PROHIBITIVAS Y DE ORDEN PUBLICO.".
Registro digital (IUS): 248576