Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/248578
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248578
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 36

ARRENDAMIENTO, MORA INEXISTENTE POR FALTA DE PAGO DE RENTAS EN EL CONTRATO DE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 36

Precedentes

Amparo directo 3530/84. Clementina Campuzano de Páramo. 14 de febrero de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: José Rojas Aja. Secretario: Enrique Ramírez Gámez. Notas: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO. CASO EN QUE EL ARRENDATARIO NO INCURRE EN MORA EN EL PAGO DE LAS RENTAS.". Por ejecutoria de fecha 7 de junio de 2006, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 105/2003-PS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 248578