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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248587
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 42

AUTORIDADES RESPONSABLES, NOTIFICACION A LAS. FECHA EN QUE SURTE EFECTOS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 42

Precedentes

Reclamación 16/84. Juez Segundo de Primera Instancia de Uruapan, Michoacán. 14 de enero de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Magaña Cárdenas. Secretaria: Rita Armida Reyes Herrera. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "AUTORIDADES RESPONSABLES. FECHA EN QUE SURTE EFECTOS LA NOTIFICACION A LAS.".
Registro digital (IUS): 248587