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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248597
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 50

COMPRAVENTA, RESCISION DEL CONTRATO DE. PROCEDE AUN CUANDO PUEDA SER NULO, MIENTRAS NO SE DECLARE LA NULIDAD.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 50

Precedentes

Amparo directo 466/85. María Guadalupe Martínez Segura de Ramírez. 8 de febrero de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Faustino Azpeitia Arellano. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "RESCISION DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA. PROCEDE AUN CUANDO PUEDA SER NULO, MIENTRAS NO SE DECLARE LA NULIDAD.".
Registro digital (IUS): 248597